TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 121/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Sustitúyese el texto del Artículo 5º del Decreto Ordenan- ------------ za 324 - Reglamento de Rifas y Bonos Contribución del 26 de Setiembre de 1979, por el siguiente: "ARTICULO 5.- Créase un Fondo Público Benéfico de Rifas que se - ------------ integrará con el producido resultante del porcen - taje aportado por la entidad organizadora de la rifa conforme a lo determinado en el Artículo 6º, como así también los importes resultantes de las multas que se apliquen por violación a lo dis puesto en este Reglamento. El monto resultante se destinará al - Consejo Escolar de Balcarce, en virtud de lo establecido en el - Articulo 59º, inciso 3º de la Ley 6266".------------------------ ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los vein- ticinco días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMA- DO: Alberto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-